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domingo, 11 de diciembre de 2011

TEXTOS MEDIEVAL

5. Pero me parece que se ha de afirmar que de la potestad regular y ordinaria
concedida y prometida a S. Pedro y a cada uno de sus sucesores por las palabras de
Cristo ya citadas [“lo que atareis en la tierra, quedará atado en el cielo”] se han de
exceptuar los derechos legítimos de emperadores, reyes y demás fieles e infieles que
de ninguna manera se oponen a las buenas costumbres, al honor de Dios y a la
observancia de la ley evangélica […] Tales derechos  existieron antes de la institución
explícita de la ley evangélica y pudieron usarse lícitamente. De forma que el papa no
puede en modo alguno alterarlos o disminuirlos de manera regular y ordinaria, sin
causa y sin culpa, apoyado en el poder que le fue concedido inmediatamente por
Cristo. Y si en la práctica el Papa intenta algo contra ellos [los derechos de los
emperadores y reyes], es inmediatamente nulo de derecho. Y si en tal caso dicta
sentencia, sería nula por el mismo derecho divino como dada por un juez no propio (G.
DE OCKHAM, Sobre el gobierno tiránico del Papa. Trad. P. Rodríguez. Madrid, Tecnos,
2001, pp. 60-61 [traducción adaptada]).

TEXTOS MEDIEVAL

3. Donde no se dé la justicia que consiste en que el sumo Dios impere sobre la sociedad
y que así en los hombres de esta sociedad el alma impere sobre el cuerpo y la razón
sobre los vicios, de acuerdo con el mandato de Dios, de manera que todo el pueblo
viva de la fe, igual que el creyente, que obra por amor a Dios y al prójimo como a sí
mismo; donde no hay esta justicia, no hay sociedad  fundada en derechos e intereses
comunes y, por tanto, no hay pueblo, de acuerdo con la auténtica definición de pueblo,
por lo que tampoco habrá política, porque donde no  hay pueblo, no puede haber
política (AGUSTÍN DE HIPONA, La ciudad de Dios, XIX, cap. 23 [trad. propia]).
4. Para la salvación humana fue necesario que, además de las materias filosóficas, cuyo
campo analiza la razón humana, hubiera alguna ciencia cuyo criterio fuera lo divino. Y 7
esto es así porque Dios, como fin al que se dirige el hombre, excede la comprensión a
la que puede llegar sólo la razón. Dice Isaías 64,4: ¡Dios! Nadie ha visto lo que tienes
preparado para los que te aman. Sólo Tú. El fin tiene que ser conocido por el hombre
para que hacia Él pueda dirigir su pensar y su obrar. Por eso fue necesario que el
hombre, para su salvación, conociera por revelación divina lo que no podía alcanzar
por su exclusiva razón humana. Más aún. Lo que de Dios puede comprender la sola
razón humana, también precisa la revelación divina, ya que, con la sola razón humana,
la verdad de Dios sería conocida por pocos, después de muchos análisis y con
resultados plagados de errores. Y, sin embargo, del exacto conocimiento de la verdad
de Dios depende la total salvación del hombre, pues en Dios está la salvación. Así,
pues, para que la salvación llegara a los hombres de forma más fácil y segura, fue
necesario que los hombres fueran instruidos acerca de lo divino, por revelación divina.
Por todo ello se deduce la necesidad de que, además de las materias filosóficas,
resultado de la razón, hubiera una doctrina sagrada, resultado de la revelación (TOMÁS
DE AQUINO, Suma de Teología, I